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Nuevas ayudas en eficiencia energética (RD 149/2021)

Nuevo RD 149/2021 de ayudas en eficiencia energética

 

¿Conoces los detalles del Real Decreto 149/2021 con el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias?

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 149/2021, publicado en el BOE el 10 de marzo, con un programa de ayudas para la eficiencia energética de explotaciones agropecuarias hasta 30.000.000euros, que gestionarán las Comunidades y Ciudades Autónomas para la reducción del consumo final de energía.

Las medidas de ahorro a aplicar en estas explotaciones están dirigidas a la renovación de las instalaciones existentes, tanto de generadores de calor, como sistemas de climatización, iluminación, bombas u otros equipos consumidores, así como la sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por otras que utilicen energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, residuos, energía geotérmica, o bomba de calor aerotérmica o hidrotérmica) con el objetivo de reducir el consumo de energía en un 30%.

Presupuesto:

Dotación presupuestaria de 30.000.000 euros. La concesión directa de las ayudas de este programa las darán las Comunidades Autónomas.

Periodo de vigencia:

Desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado (11 de marzo) hasta el 31 de diciembre de 2021. Se podrán presentar solicitudes en las Comunidades Autónomas, desde la fecha establecida en sus convocatorias hasta el 31 de diciembre de 2021.

Destinatarios últimos

Los destinatarios últimos del programa podrán ser:

  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública titulares de una explotación agropecuaria.
  • Comunidades de Regantes y otras organizaciones cuyo fin consista en la gestión común de agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fin agropecuario.
  • Titulares de explotaciones agrícolas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento sea necesario actualmente el consumo de energía eléctrica.
  • Cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida por la autoridad competente
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.

Actuaciones elegibles

Las actuaciones subvencionables corresponden a dos tipologías:

1. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío en explotaciones agropecuarias y comunidades de regantes, por renovación de sus equipos de bombeo que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2. Las actuaciones podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo:

  • La sustitución de grupos de bombeo por otros más eficientes energéticamente.
  • La implantación de variadores de frecuencia y arrancadores estáticos o la sustitución por equipos más eficientes energéticamente en bombeos.
  • La implantación o modernización de sistemas de regulación, control y monitorización de la red de riego que contribuyan de forma directa al ahorro de energía.
  • La instalación o sustitución de baterías de condensadores para mejorar la eficiencia energética de las instalaciones eléctricas de las estaciones de bombeo.

 

2. Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias. Consistirá en la realización de actuaciones de reforma de las explotaciones e instalaciones consumidoras de energía térmica, eléctrica y de proceso propias de las explotaciones agropecuarias que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones CO2. Las actuaciones podrán ser, con carácter orientativo y no limitativo:

  • Actuaciones sobre la envolvente térmica que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de los edificios agropecuarios (fachadas, cubiertas, ventanas) incluyendo soluciones bioclimáticas.
  • Actuaciones en las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, como pueden ser las destinadas a los procesos de pasteurización y conservación de productos perecederos, a la climatización de naves de ganado e invernaderos, refrigeración en procesos de fermentación del vino, etc.
  • Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación, distribución, regulación y control y elementos terminales de las instalaciones térmicas, incluyendo el aprovechamiento de calores residuales y nuevas redes de calor.
  • Sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, energía geotérmica, energía ambiente (aerotermia o hidrotermia), bombas de calor o una combinación de ellas). No se considerará elegible la sustitución de un generador térmico por otro que utilice combustible de origen fósil.
  • Reforma o sustitución de instalaciones de iluminación interior y alumbrado exterior.
  • Renovación de motores para accionamientos mecánicos y otros servicios propios de estas actividades.

 

IDAE

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